Plaza de estacionamiento
Exigencia de residencia efectiva en el municipio a la persona con discapacidad y movilidad reducida
El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto un caso que afecta a muchas personas con discapacidad y movilidad reducida que necesitan una plaza de aparcamiento cerca de su trabajo. Una mujer, que tenía reconocida una discapacidad y problemas de movilidad, pidió al ayuntamiento de Irún que le reservaran una plaza de estacionamiento cerca de su centro de trabajo. Sin embargo, el ayuntamiento no le contestó y, al final, le denegaron la solicitud porque ella no vivía en Irún, sino en el municipio vecino de Hondarribia, aunque sí trabajaba en Irún.
La mujer no se conformó y llevó el caso a los tribunales, alegando que la normativa estatal permite pedir la plaza tanto cerca del domicilio como del trabajo, y que exigir vivir en el municipio es discriminatorio. El caso llegó hasta el Tribunal Supremo, que le dio la razón. El TS ha dejado claro que la ley estatal busca que todas las personas con discapacidad tengan las mismas oportunidades en todo el país, y que poner como condición vivir en el municipio no está justificado por ninguna norma estatal ni autonómica.
Además, el TS considera que negar la plaza solo por no residir en el municipio supone una discriminación injustificada y puede poner en peligro la integridad física de la persona, sobre todo si tiene una enfermedad degenerativa. Por tanto, si tienes una discapacidad y necesitas una plaza de aparcamiento cerca de tu trabajo, no pueden exigirte que vivas en el mismo municipio para concedértela.
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